Valoración de secuelas definitivas por contingencias comunes y profesionales

Valoración de secuelas definitivas: proceso del EVI, grados de incapacidad permanente (parcial, total, absoluta, gran invalidez), criterios médicos y papel del perito experto.

12/8/20253 min read

a person with a small tattoo on their arm
a person with a small tattoo on their arm

Cuando una dolencia o lesión persiste tras tratamiento médico, puede llegar el momento de la valoración de secuelas definitivas por contingencias comunes y profesionales.

Este trámite no es algo opcional: es el paso que determina si las secuelas tienen repercusión legal, económica o laboral permanente.

La valoración de secuelas es clave ya que puede abrir la puerta a prestaciones derivadas de incapacidad permanente, indemnizaciones o pensiones especiales. Además, las mutuas colaboradoras y la Seguridad Social deben actuar conforme a la normativa vigente para garantizar derechos y transparencia.

¿Qué son las secuelas definitivas y quién las valora?

Las secuelas definitivas son los efectos residuales e irreversibles tras el proceso de curación. No se espera que mejoren significativamente con tratamientos adicionales, y pueden limitar capacidades físicas, funcionales o estéticas.
La valoración de secuelas tiene aplicación tanto en casos de
contingencia común (CC) como en contingencia profesional (CP). En los supuestos profesionales es más común que se reconozcan indemnizaciones específicas o prestaciones especiales.

La mutua, como gestor del riesgo profesional, muchas veces debe impulsar la solicitud de valoración de secuelas ante el INSS cuando los daños persisten.

Según lo señalado por CGT, la mutua “debe realizar la solicitud de valoración de secuelas a petición del trabajador” y remitir el expediente al INSS.


Además, el portal de la Seguridad Social contempla una prestación por
lesiones permanentes no incapacitantes para casos donde la secuela existe, pero no alcanza los umbrales de incapacidad permanente.

Desde el punto de vista legal, también intervienen los Equipos de Valoración de Incapacidades del INSS, que analizan los efectos de las secuelas, comparan con historial médico y laboral, y aplican baremos técnicos para estimar su impacto real.


Procedimiento administrativo para valorar secuelas definitivas

El procedimiento puede resumirse en estos pasos:

  1. Solicitud de valoración
    El trabajador, la mutua o la empresa pueden pedir la valoración de secuelas. Si la mutua ya es gestora del expediente laboral, suele encargarse ella.

  2. Entrega del expediente
    Se debe presentar toda la documentación médica: informes clínicos, pruebas, evoluciones, tratamientos, historia laboral y el parte inicial de la incapacidad. La mutua remite el expediente a la Dirección Provincial del INSS.

  3. Citación médica
    El INSS cita al trabajador para evaluación presencial de las secuelas, donde se examinan los daños residuales y su repercusión funcional.

  4. Análisis por EVI
    El Equipo de Valoración de Incapacidades valora la extensión de las secuelas, su repercusión para la profesión habitual o para otras actividades, y aplica los criterios del baremo vigente.

  5. Resolución administrativa
    El INSS emite una resolución que reconoce, modifica o rechaza la existencia de secuelas definitivas. Esa decisión puede incluir prestaciones específicas o la conversión en incapacidad permanente.

  6. Recurso o revisión
    Si no estás de acuerdo, puedes presentar recursos administrativos. Con el tiempo, si las condiciones empeoran, puede abrirse una revisión del reconocimiento.

Aspectos técnicos, cuantías y normativa

En casos de incapacidad permanente parcial, las secuelas reconocidas se compensan mediante una indemnización en pago único, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

Si las secuelas provocan una pérdida funcional mayor y encajan en incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, se aplican pensiones o prestaciones continuas según normativa de la Seguridad Social.

Para lesiones que no alcanzan para incapacidad permanente, existe la normativa de
baremo de lesiones no incapacitantes, actualizada mediante la Orden ISM/450/2023, que fija cuantías indemnizatorias a tanto alzado.

También es importante considerar el
Real Decreto 888/2022, que regula el procedimiento para el reconocimiento y calificación de discapacidad, aspecto que puede acompañar cuando las secuelas implican un grado de discapacidad.

La
valoración de secuelas definitivas por contingencias comunes y profesionales es un trámite esencial para hacer visibles los daños que persistieron, reconocer derechos y acceder a prestaciones o indemnizaciones justas.


En
Periciales del Vallés, acompañamos cada caso con rigor técnico y sensibilidad. Analizamos tus secuelas conforme a normativa como la Ley General de la Seguridad Social, el Real Decreto 625/2014, el Real Decreto 888/2022 y los criterios de los EVI e INSS.

Pide una consulta gratuita y descubre cómo podemos ayudarte a proteger tus derechos y tu bienestar.